Funespaña dotará a Pontevedra de su primer horno crematorio

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Según la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) llevada a cabo por la Concellería de Urbanismo de Pontevedra se regula la instalación de hornos crematorios y prohíbe la instalación de hornos crematorios en suelo urbano. En este sentido, el texto prohíbe la instalación de este tipo de instalación en suelo urbano, núcleo rural y suelo urbanizable, así como en suelo rústico de especial protección cuando suponga un riesgo de deterioro de los valores protegidos. Por el contrario, el suelo rústico queda al margen de las restricciones. La nueva norma exige la aprobación de un Plan Especial de Infraestruturas e Dotacións (PEID), que garantice el acceso rodado de los vehículos al recinto y la conexión de las instalaciones a la red municipal de servicios. Además, el texto reduce la franja de protección de 500 metros solicitada por los vecinos a una de 50 metros entre crematorios y viviendas o comercios, lo que refuerza la viabilidad del proyecto de Funespaña,debido a que la parcela dista de unos 200 metros de los primeros edificios. Asimismo, el grupo empresarial no sólo cuenta con plan aprobado por unanimidad en el Consistorio,sino que dispone de un plan de urbanización autorizado y el beneplácito de la Xunta en todos los informes preceptivos.

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