Todo lo que debemos saber sobre el procedimiento de la Eutanasia

¿Qué es la eutanasia y qué tipos existen?
La eutanasia es un procedimiento médico que tiene como objetivo poner fin a la vida de una persona que sufre una enfermedad grave e irreversible, con el fin de evitarle sufrimiento innecesario. Este proceso se lleva a cabo bajo condiciones legales establecidas y con la supervisión de profesionales sanitarios.
En términos generales, la eutanasia implica la administración de sustancias o la retirada de tratamientos que prolongan la vida en casos de enfermedades terminales o padecimientos crónicos que generan un sufrimiento insoportable.
Existen diferentes tipos de eutanasia según la forma en que se lleve a cabo y el grado de participación del paciente y el equipo médico.
Eutanasia activa y eutanasia pasiva: ¿Cuál es la diferencia?
Eutanasia activa
La eutanasia activa ocurre cuando un profesional médico administra una sustancia letal con el fin de provocar la muerte del paciente de manera directa y controlada. Esto puede incluir inyecciones intravenosas con fármacos específicos que inducen un fallecimiento sin dolor.
Ejemplo: La administración de una inyección letal en un paciente que ha solicitado la eutanasia conforme a la normativa vigente.
Características clave de la eutanasia activa:
- Implica una acción directa del personal médico.
- Se lleva a cabo mediante la aplicación de fármacos específicos.
- Su objetivo es acelerar el fallecimiento del paciente de manera inmediata.
Eutanasia pasiva
En la eutanasia pasiva, la muerte del paciente ocurre debido a la omisión o suspensión de tratamientos médicos que prolongarían artificialmente su vida. En este caso, no se administra una sustancia letal, sino que se deja que la enfermedad siga su curso natural.
Ejemplo: Retirar la ventilación mecánica o suspender la administración de medicamentos esenciales para la supervivencia de un paciente en estado terminal.
Características clave de la eutanasia pasiva:
- Se basa en la retirada o no aplicación de tratamientos médicos.
- No hay una acción directa que cause la muerte.
- Puede estar relacionada con decisiones de cuidados paliativos o testamentos vitales.
Diferencias clave entre eutanasia activa y pasiva
Característica | Eutanasia Activa | Eutanasia Pasiva |
---|---|---|
Acción médica | Administración de fármacos letales | Suspensión de tratamientos |
Intervención | Activa y directa | Omisión o retirada de cuidados médicos |
Objetivo | Provocar la muerte de forma controlada | Permitir que la enfermedad siga su curso |
Ejemplo | Inyección letal | Retirada de ventilación mecánica |
¿Cuál es legal en España?
En España, la eutanasia activa es legal desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia en junio de 2021, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. La eutanasia pasiva, por su parte, también es un derecho reconocido, generalmente vinculado a la limitación del esfuerzo terapéutico y los cuidados paliativos.
También existe el suicidio asistido, que se diferencia de la eutanasia porque en este caso el paciente administra por sí mismo la sustancia letal bajo supervisión médica. En España, esta práctica también está regulada dentro del marco legal de la eutanasia.
¿Quién puede solicitarla?
Para poder hacer dicha petición hay que ser mayor de edad, tener nacionalidad española o residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a 12 meses y ser capaz y consciente en el momento de realizar la solicitud.
Si el paciente no está consciente se puede aplicar si ha “suscrito con anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en dicho documento. En el caso de haber nombrado representante en ese documento será el interlocutor válido para el médico responsable”.
Si hay testamento vital, pero en él no se nombra a un representante legal, “el médico responsable podrá presentar la solicitud de eutanasia”.
Proceso de solicitud y confirmación de la eutanasia
En primer lugar, debe producirse la petición del afectado por escrito (o por otro medio donde pueda dejar constancia en el caso de no poder escribir) en dos ocasiones separadas por 15 días, siempre y cuando esté consciente en el momento de realizarla.
Tras la primera solicitud el médico debe deliberar con el paciente su diagnóstico, las posibilidades terapéuticas existentes, los resultados que se esperan y la posibilidad de cuidados paliativos, asegurándose de que comprende todo lo hablado. Tras ello, el paciente debe confirmar su intención. Después de la segunda solicitud, deben reunirse de nuevo para asegurarse de que el paciente sabe lo que pide. Con esta son en total 4 las veces que el paciente debe confirmar su voluntad y todas han de quedar reflejadas en el historial clínico.
La comisión contará con 19 días para dar respuesta a la solicitud y una vez dada, en el caso de ser positiva, el paciente deberá, una vez más, asentir.
Una vez se inicia el proceso, el afectado puede cambiar su decisión cuando lo desee e incluso una vez recibida la autorización pertinente, puede retrasar su aplicación el tiempo que quiera.
¿Quién autoriza el proceso?
En un primer momento, el paciente debe tener la aprobación de su médico. Este médico, a su vez, tendrá que pedir opinión a un facultativo consultivo formado en el ámbito de las patologías que sufra ese paciente, pero no pertenecer al mismo equipo del médico responsable.
Posteriormente, la comisión de evaluación nombrará a dos expertos, uno de los cuales debe ser un jurista, para que evalúen el caso. Si ambos están de acuerdo el proceso seguirá adelante, de no ser así, lo decidirá el pleno de la comisión. Una vez decidan que la petición es justificada se lo comunicarán al médico responsable.
Si en algún momento, la solicitud del paciente es rechazada, este puede reclamar a la comisión.
¿Cuánto dura el proceso?
Si el proceso sigue todos los pasos, primero pasarán los 15 días entre la primera y la segunda solicitud.
Tras esto, hay que esperar 24 horas para que el médico responsable consulte al especialista ajeno, el cual tiene hasta 10 días para dar una respuesta.
Luego pueden pasar hasta 3 días para que se comunique la decisión a la comisión. La comisión puede tardar otros dos días en nombrar a los expertos que evaluarán el caso y estos tendrán siete días para decidirse y dos más para comunicar su decisión al presidente de la comisión.
En total pueden pasar un máximo de 40 días desde la primera solicitud a los que hay que sumar unos días no especificados para llevar a cabo el acto en sí.
¿Quién forma la comisión de evaluación?
Cada comunidad autónoma y cada ciudad autónoma tendrá su propia comisión la cual: “tendrá carácter multidisciplinar y deberá contar con un número mínimo de siete miembros entre los que se incluirán personal médico, juristas y de enfermería”.
Cada comisión tendrá “un reglamento de orden interno, que será elaborado por la citada comisión y autorizado por el órgano competente de la Administración autonómica”. “El Ministerio de Sanidad y los presidentes de las Comisiones de Garantía y Evaluación de las comunidades autónomas se reunirán anualmente, bajo la coordinación del ministerio, para homogeneizar criterios e intercambiar buenas prácticas en el desarrollo de la prestación de eutanasia en el Sistema Nacional de Salud”.
¿Dónde y qué personas la aplican?
“La prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio” del paciente por parte del médico responsable.
¿Pueden los profesionales sanitarios negarse?
“Los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia”. En este caso, “deberá manifestarse anticipadamente y por escrito”.