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El derecho al olvido queda limitado a la Unión Europea

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado en favor de Google en su último litigio con las autoridades francesas, siendo esta la segunda victoria del gigante estadounidense ante la corte europea en apenas dos semanas. De este modo, ha dictado que los motores de búsqueda pueden limitar la aplicación del llamado ‘derecho al olvido’ a la Unión Europea, y mantener así los contenidos retirados de los dominios europeos accesibles desde fuera de la UE, según ha informado el diario La Vanguardia en su versión online.

Ya en 2014, la Justicia europea falló a favor del ‘derecho al olvido’, mediante el cual los ciudadanos europeos tienen la posibilidad de eliminar sus datos personales de los buscadores de internet, siempre que no tengan relevancia pública. Con esta nueva sentencia, este derecho se deberá aplicar, pero únicamente dentro del ámbito local de la Unión Europea.

Tras la petición llevada a cabo por un ciudadano francés para borrar determinados datos, la Comisión Nacional de Informática y Libertades del país exigió a Google eliminar de su lista de resultados en todo el mundo dicha información. Sin embargo, como informa La Vanguardia, la compañía se limitó a suprimir los vínculos de los resultados mostrados como respuesta a las búsquedas efectuadas desde los nombres de dominio correspondientes a las extensiones de su buscador en los Estados miembro de la UE.

La autoridad francesa consideró insuficientes esas medidas y puso una multa de 100.000 a Google, la cual la firma tecnológica recurrió justificando que no está obligada a retirar los enlaces de todo el mundo. Ahora, la justicia europea, le da la razón.

Se descarta pues que exista un ‘derecho al olvido’ global, como pretendía el regulador de protección de datos francés, aunque el TJUE también avisa a Google de que, además de retirar las versiones disponibles en los distintos Estados miembro, deberá adoptar medidas que impidan de manera efectiva o dificulten seriamente a los internautas acceder desde algún país de la UE a los enlaces controvertidos que sigan disponibles fuera del bloque.

En este sentido, la legislación europea reconoce el derecho de particulares a pedir a los motores de búsqueda que eliminen información personal bajo determinadas situaciones, por ejemplo que los contenidos enlazados estén desactualizados o carezcan de relevancia pública.

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