El Boletín Oficial del Estado publicaba el sábado 22 de octubre la Orden PCM/997/2022, de 18 de octubre, por la que se aprueba el programa formativo de la especialidad de Medicina Legal y Forense, así como los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las unidades docentes.
Esta orden, que ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, tiene por objeto aprobar el programa formativo de la especialidad de Medicina Legal y Forense, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las unidades docentes, cuyo contenido se publica como anexos a esta orden.
El programa formativo de la especialidad, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las unidades docentes serán de aplicación a los residentes de la especialidad de Medicina Legal y Forense que obtengan plaza en formación en unidades docentes de dicha especialidad a partir de la convocatoria 2021-2022.
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva para regular las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos profesionales.
A partir de la entrada en vigor de esta orden, queda sin efecto la Resolución de fecha 25 de abril de 1996, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, por la que se aprueba el programa de la especialidad sanitaria de Medicina Legal y Forense.