Madrid recuperará en 2016 la gestión directa de los servicios funerarios y de cementerios

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A lo largo de esta semana, diversos medios de comunicación se han hecho eco de la intención del Ayuntamiento de Madrid de recuperar la gestión directa de los servicios funerarios y de cementerios de la capital mediante la constitución de una empresa cuyo capital sea íntegramente municipal, tal y como anunció el delegado de Salud, Seguridad y Emergencias, Javier Barbero, y el de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, durante una rueda de prensa este miércoles 7 de octubre, tras la reunión del Consejo de Administración de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios (EMSF), que desde principios de los noventa gestiona Funespaña y de la que el consistorio madrileño posee el 51% de las acciones. Recordar que la EMSF se creó como empresa mixta en 1966 con una duración de 50 años, que expiran el próximo 15 de septiembre.

Este hecho, de gran relevancia para el sector funerario madrileño, se ha dado a conocer en diarios y agencias de noticias como:

Expansión (Ver noticia)

– Europa Press (Ver noticia / Ver noticia)

El Mundo (Ver noticia)

ABC (Ver noticia)

El País (Ver noticia)

A continuación, reproducimos la nota de prensa publicada por el Ayuntamiento de Madrid en su página web:

Con carácter previo a la toma de la decisión sobre la nueva forma de gestión del servicio de cementerios y servicios funerarios se han valorado numerosos factores teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

•  Carácter marcadamente social del servicio.

• Consideración del servicio como servicio básico de carácter esencial.

• Necesidad de garantizar la prestación del servicio a todos los ciudadanos de Madrid.

• Necesidades de financiación del servicio.

• Aspectos técnicos y organizativos de las distintas formas de gestión.

La EMSFM se creó como empresa mixta en 1966 con una duración de 50 años, que expiran el 15 de septiembre de 2016. En diciembre de 1992 el Ayuntamiento privatizó el 49% de la misma por 0,6 euros (100 pesetas). El 51% de las acciones quedó en manos municipales y el otro 49%, en las de Funespaña.  

El artículo 24 de los Estatutos Sociales de la EMSFM establece que “al extinguirse la Empresa Mixta por el transcurso del plazo de cincuenta años de duración fijado en los Estatutos, revertirá todo su activo y pasivo al Excmo. Ayuntamiento de Madrid, quedando éste como dueño absoluto, en pleno y exclusivo dominio de todos los bienes de la sociedad y careciendo los restantes accionistas del derecho a participar de la cuota de liquidación de aquella”.

Además de determinar la regla para llevar a cabo la reversión (todo activo y pasivo revierte al Ayuntamiento) y que la cuota de liquidación corresponde en su totalidad al Consistorio, el artículo 24 recalca la legitimidad de la Administración municipal a recibir la totalidad de la empresa en el momento de su desaparición. Dicha disolución se producirá de forma automática el 16 de septiembre del próximo año.

Aspectos jurídicos

La Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL) incluye entre las competencias municipales los cementerios y las actividades funerarias. La normativa otorga libertad a los ayuntamientos para elegir la forma de gestión de los servicios públicos que considere más conveniente para los ciudadanos. Establece, eso sí, que deben prestarse de la forma más sostenible y eficiente y ofrece dos posibilidades: gestión directa o indirecta.

Los criterios para remunicipalizar los servicios funerarios (gestión directa), una vez se extinga la EMSFM el próximo año, son la adecuada prestación de dichos servicios, la sostenibilidad financiera y la eficiencia. Para asegurar su aplicación, la Ley Reguladora de Bases introduce unos requisitos:

·         Elaboración de una memoria justificativa detallando el asesoramiento recibido, que se hará público.

·         Elevación de dicha memoria, que contendrá los informes sobre el coste del servicio, al Pleno.

·         Informe del Interventor, que valorará la sostenibilidad financiera de la propuesta.

·         Como la intención del Ayuntamiento es optar por la gestión directa a través de una sociedad mercantil local, con capital 100% público, además debe incluirse una memoria justificativa que acredite             que esta es la forma más sostenible y eficiente que la gestión por la propia entidad local o por un organismo autónomo. Dicha memoria deberá tener en cuenta los criterios de rentabilidad económica           y recuperación de la inversión.

En definitiva, tiene que quedar acreditado que el sistema de gestión elegido garantiza la consecución de unos niveles adecuados de eficacia y eficiencia; y, en su caso, que la mejor satisfacción del interés general requiere la provisión del servicio mediante estructuras de mercado donde actúe un único oferente.

Aspectos económicos

El periodo entre los años 1985 a 1992 se caracterizó por las grandes inversiones, casi 10.000 millones de pesetas, de las que destacan el Tanatorio y el Cementerio Sur, la recuperación del Pórtico de la Almudena y la construcción de un número muy elevado de unidades de enterramiento. Estas inversiones se financiaron con endeudamiento, lo que supuso un importante incremento de los gastos financieros que, sumado a otros factores, llevó a la sociedad a dar pérdidas en los años 1991 y 1992, situando su patrimonio neto en un valor negativo de 106 millones de pesetas.

A lo largo de 1992 el Ayuntamiento de Madrid estudió diversas formas para reequilibrar la situación financiera de la sociedad, adoptando la decisión de dar entrada al capital privado hasta el 49% de su capital social. La polémica surgió por la forma en la que se produjo la venta de ese 49% a Funespaña, que pagó 100 pesetas por las acciones.

Desde 1993 a 2014 se han presentado denuncias, detectado irregularidades, desarrollado juicios y publicado sentencias como la del 3 de junio de 2008 que establece que la venta de la Funeraria supuso “un daño a los intereses públicos”. Un informe de 2012 de la Intervención General del Ayuntamiento recuerda que “no consta o no queda debidamente acreditado que la EMSF cumpliera los principios de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad en los contratos”.

Evolución de los servicios

Según los datos facilitados, se ha producido un incremento de la prestación de servicios funerarios básicos, siendo en el año 2014 un 2% superior a los realizados en el año 2010 y estimándose un incremento de un punto más para este año 2015.

La ocupación de las tanatosalas ha tenido un incremento continuo a partir de 2011, situándose en 2014 en 12.085 tanatosalas contratadas de las 25.550 ofertadas anuales, e incrementándose en este periodo la ocupación media diaria de las mismas, que pasa de una ocupación diaria de 32 tanatosalas a 33.

El total de ingresos de explotación ha aumentado un 1,2%, siendo la cifra de negocios de 49,4 millones de euros frente a los 48,9 millones de euros del ejercicio 2013. En general, casi todos los conceptos que integran la cifra de negocios (servicios fúnebres, tanatosalas y prestaciones complementarias) han experimentado ligeros ascensos, mientras que los servicios de cementerios han descendido ligeramente.

Respecto al presupuesto de Funeraria para 2016, se prevé una cifra de negocios hasta el 16 de septiembre de 36,5 millones de euros  y un beneficio de 1,2 millones.

Rentabilidad del inversor

La Tasa Interna de Rentabilidad del inversor privado ha sido muy elevada, ya que ha superado el 206% en el período 2003-2014. En el ciclo de tiempo contemplado, entre el beneficio obtenido vía dividendo por la propiedad del 49% de las acciones y el 20% que devengan como canon de gestión, han obtenido 63.883.352 euros frente a una inversión de 1.202.025 euros.

Aspectos sociales

El Ayuntamiento considera que la EMSF requiere un modelo de gestión que garantice, defienda y proteja los servicios funerarios para toda la ciudadanía de Madrid. Un modelo de gestión pública alejado de intereses económicos y especulativos y que permita una despedida de los seres queridos respetando las singularidades y la diversidad cultural de nuestra sociedad. Se trata de garantizar “un buen morir” a toda la población y de proteger la memoria colectiva de la ciudad de forma democrática.

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