El Pleno del Ayuntamiento de Montblanc (Tarragona) celebrado el pasado 24 de febrero derogaba la ordenanza general de Prestación de Servicios Funerarios en el municipio, vigente desde el año 1998. Esta normativa contemplaba algunas restricciones como la exigencia de una experiencia demostrable de cinco años trabajando en el sector funerario para poder conseguir la autorización para operar en el municipio. Después de aprobar por unanimidad la derogación, se aplicará el decreto 209/1999, elaborado por la Generalitat de Catalunya.
Recordar que el pasado mes de febrero, el municipio barcelonés de Manresa daba luz verde a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza que regula los servicios funerarios en la ciudad catalana. El cambio de la normativa implica que cualquier empresa con licencia de servicios funerarios concedida por cualquier consistorio del Estado puede operar en la ciudad catalana. Por otro lado, se elimina la obligatoriedad de disponer en el municipio de tanatorio o de salas de vela. De esta manera, la posibilidad de utilizar algunos de los tres tanatorios que actualmente existen en la ciudad depende exclusivamente de los pactos que establezcan las empresas.