En el año 2015 varios jefes de Estado y de Gobierno de distintos países que forman parte de Naciones Unidas se reunieron en la Cumbre de Desarrollo Sostenible y elaboraron la Agenda 2030 que contiene 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible. Lograr estos objetivos es un intento de hacer frente a los grandes retos económicos, sociales y medioambientales a los que se enfrenta nuestro planeta. En la Agenda 2030 se detallaron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que garantizarán un futuro mejor para todos y que son clave para el conjunto de la humanidad: gobiernos y organismos públicos, organizaciones del tercer sector (ONGs y todo tipo de entidades con fines sociales), ciudadanos y empresas. Cada objetivo tiene metas específicas que deben alcanzarse en los próximos 15 años (2015-2030). En total se diseñaron 169 metas para cumplir los 17 objetivos.
Sin duda las empresas, por la capacidad que tienen de contribuir al desarrollo de los entornos donde operan, son importantes agentes de transformación. Su impacto social transciende su vertiente económica. Por ello, la participación de la comunidad empresarial es esencial para alcanzar dichos objetivos a tiempo.
Criterios ESG y Relación con ODS
Las empresas no pueden crecer ni ser competitivas en una sociedad que se empobrece económica y socialmente. Los objetivos de la Agenda 2030 son una oportunidad para las compañías y un marco de referencia para sus estrategias ESG (por sus siglas en inglés Environmental, Social and Governance; en español, Estrategias en Materia Ambiental, Social y de Buen Gobierno).
Estas estrategias están marcando la gestión de las empresas en la actualidad. Las compañías las incorporan a su lenguaje sabedoras de que en la actualidad los criterios ESG inclinan la balanza en las decisiones de los inversores. La acción socialmente responsable ha pasado de ser un adorno adicional para una empresa, a directamente determinar su futuro. Es una cuestión reputacional y de imagen, en ausencia de la cual, se puede venir abajo en poco tiempo toda una trayectoria de marca.
Ambas siglas (ODS y ESG) gozan de gran relevancia actualmente. En los criterios ESG, muy vinculados a las nuevas tendencias crecientes de inversión socialmente responsable, así como a los requisitos de la información no financiera. En el caso de los ODS, por la popularidad entre las empresas que orientan en torno a ellos su gestión de la sostenibilidad.
Criterios ambientales
Tanto la sociedad como las empresas demandan compañías que tengan en cuenta el impacto que puedan ocasionar en el medioambiente. Estos criterios son cada vez más valorados por consumidores e inversores. Representan una apuesta necesaria por una nueva forma de economía, más verde y próspera.
Objetivos de Desarrollo Sostenible vinculados: 6, 7, 9, 11, 12, 13, 14, 15 y 16.
Criterios sociales
El segundo de los criterios responde a la relación entre la empresa y la sociedad en su conjunto, aunque más directamente con aquellos agentes con los que tiene un vínculo más estrecho: empleados, proveedores, consumidores, etc. Este criterio conecta a la empresa con personas de diferentes grupos de interés.
Objetivos de Desarrollo Sostenible: 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 16 y 17.
Criterios de gobierno corporativo
Están relacionados con las cuestiones de gestión de la empresa y su transparencia. La importancia del gobierno corporativo y sus buenas prácticas se extiende a toda la compañía. La transparencia y buena gestión afectan a todos. Los accionistas se fijan cada vez más en este tipo de desempeño.
Objetivos de Desarrollo Sostenible: 8, 10, 12, 16 y 17.
Desarrollo sostenible
El desarrollo sostenible se ha definido como el desarrollo capaz de satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades.
La sociedad en su conjunto es responsable de lograrlo. Cada sector económico y las empresas que lo componen tiene ante sí el reto de conseguirlo.
El primer paso es que los gestores de cada empresa funeraria conozcan los objetivos de desarrollo sostenible y decidan sus objetivos prioritarios, que serán aquellos que se encuentren alineados con su estrategia en materia ambiental, social y de buen gobierno. Todas las empresas pueden hacerlo con independencia de su tamaño y ámbito de actuación.
Legislación relacionada
La Ley 11/2018 del 28 de diciembre de 2018, tiene como objetivo la identificación de riesgos, para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general. Para ello, incorpora al Derecho español la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad.
Con esta ley se busca incrementar la divulgación de la información no financiera (como factores sociales o medioambientales) con el fin de facilitar la supervisión y gestión del rendimiento de las empresas y su impacto en nuestra sociedad. Así como para favorecer, tal y como recoge la ley: “la transición hacia una economía mundial sostenible que combine la rentabilidad a largo plazo con la justicia social y la protección del medio ambiente.”
¿A qué empresas aplica?
Este año, las empresas obligadas a reportar información no financiera conforme a los requisitos de la ley son aquellas: sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, o comanditarias por acciones, que cumplan con los requisitos de:
-Contar con un número medio de trabajadores empleados superior a 500 durante el año o ejercicio que se reporta.
-Ser consideradas como entidades de interés público según la legislación de la auditoría de cuentas.
-Reunir durante dos ejercicios consecutivos, a fecha de cierre, al menos dos de estos requisitos:
a) el total de las partidas del activo sea superior a 20 millones de euros, b) el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40 millones de euros o c) el número medio de trabajadores empleados sea superior a 250 durante el ejercicio.
¿Qué empresas están exentas?
Todas las pequeñas y medianas empresas están exentas de la obligación de reportar esta información, así como de los requerimientos que se vinculan a esta obligación.
Asimismo, aquellas empresas que, siendo dependientes de un subgrupo y a su vez perteneciendo a un grupo, tienen su información (y la de sus dependientes) en el informe de otra sociedad.
Sin embargo, en el transcurso de tres años, por el carácter progresivo de la ley, ésta se aplicará también a todas aquellas empresas de más de 250 empleados que cumplan con los requisitos antes descritos.
Consulta el artículo completo ‘ODS, Objetivos de Desarrollo Sostenible’, de Vicente Luis Díaz Pedraza, Economista-Asesor de Marketing en el número 171 de Revista Funeraria.