El empeoramiento de la salud no podrá ser causa del incremento de tarifas de las pólizas de seguros
Las compañías de seguros no podrán subir el precio de las pólizas por problema de salud de los asegurados, según la enmienda propuesta por el Grupo Popular en el anteproyecto de Ley del Seguro en el Congreso de los Diputados. Este veto se extiende a los seguros que cubren a las personas, que incluyen los productos de decesos, salud, vida riesgos (los que no son de ahorro) y accidentes, principalmente, tal y como informaba este miércoles 13 de mayo el diario Expansión.
El PP, pese a no presentar la propuesta de la Asociación Española de Corredurías de Seguros (ADECOSE), ha abierto la puerta a debatir con el PSOE su contenido en el Senado. Para la asociación este es un gran paso y ADECOSE seguirá de cerca su tramitación en la Cámara Alta a efectos de que pueda incluirse finalmente en la Ley.
Según la enmienda, los asegurados no tienen obligación de comunicar las circunstancias relativas a su estado de salud, que en ningún caso se considerarán agravación del riesgo. Así, la propuesta de ADECOSE, presentada como enmienda por PSOE y CIU, solicita que antes de la celebración de un contrato de seguro de decesos, de seguro de enfermedad o de asistencia sanitaria, la entidad aseguradora deba informar sobre los criterios a aplicar para la renovación de la póliza sin que en ningún caso pueda basarse en una siniestralidad individual, sino en la global de la entidad aseguradora y que en estas modalidades de seguro, transcurridos tres años desde la primera contratación no puedan reducirse las coberturas ni las prestaciones por el asegurador, y la oposición a la prórroga sólo pueda ser ejercida por el tomador, tal y como informa la entidad en su página web www.adecose.com.
Asimismo, en la propuesta se pide que las entidades aseguradoras informen en su página web de las tarifas máximas de renovación que aplican, que en todo caso se segmentarán en función de criterios técnicos ajenos a la siniestralidad individual. En este sentido, destacar que la valoración del estado de salud y la fijación del precio se realiza en el momento inmediatamente anterior a la contratación. “A partir de ahí, el empeoramiento de la salud del asegurado es el riesgo que debe cubrir la entidad. En caso contrario se desvirtuaría la naturaleza de este tipo de seguros”, señalan fuentes del Ministerio de Economía, que a través de la Dirección General de Seguros y Pensiones ha elaborado el anteproyecto de ley del sector. Por el contrario, para los seguros que no cubren a las personas, sí existe obligación de comunicar la existencia de algún cambio respecto a la situación existente en el momento de la primera contratación.
ADECOSE valora con satisfacción que se hayan incluido como enmiendas en la Comisión de Economía del Congreso cuestiones por las que ha estado luchando a lo largo de los últimos años, como el hecho de que la variación del estado de salud del asegurado no sea considerada agravación del riesgo y que se reduzca el plazo para oponerse a la prórroga del contrato a la conclusión del período del seguro en curso para el tomador de dos meses a un mes, propuesta ésta última que la asociación ha realizado recientemente a UNESPA (Asociación Empresarial del Seguro) para que la incluya en su Guía de buenas prácticas en la contratación de los seguros de salud.