La Asociación de Empresas de Servicios Funerarios de Cataluña firma un código de buenas prácticas
El Síndic de Greuges, Rafael Ribó, y la secretaria general de la Asociación de Empresas de Servicios Funerarios de Cataluña, Ana Gassió Subirachs, firmaban ayer, jueves 21 de abril, un convenio de colaboración en el que ambas partes se comprometen a garantizar los derechos de los usuarios de los servicios funerarios de acuerdo con un Código de Buenas Prácticas elaborado por el Síndic.
También han ratificado el Código los vicepresidentes de la Asociación, Juan Jesús Domingo, en representación de la empresa funeraria Mémora, y Josep Ventura, en representación de Áltima.
Creado siguiendo el modelo y los criterios del Código de buenas prácticas de la Administración, que el Síndic elaboró en el año 2009, éste es un documento específico del sector de servicios funerarios e incluye veinte buenas prácticas que deben ser aplicadas por las empresas del sector en su relación con las personas que son usuarias de sus servicios.
El Síndic destaca la necesidad de superar la consideración de la persona como un simple usuario de una empresa de servicios funerarios para avanzar hacia la consideración de la persona como titular de derechos subjetivos en relación con un servicio universal y a unos precios razonables y asequibles. A partir de aquí, establece las obligaciones de las empresas prestadoras del servicio sobre cuestiones relacionadas con la ética profesional, la calidad y la no discriminación, la confidencialidad o la información, entre otros aspectos.
Respecto a los precios, el Síndic tiene previsto establecer unos parámetros de precios cerrados que sean de fácil comprensión y que tengan en cuenta, en dos o tres tramos de precios, la diversidad de situaciones económicas de las personas. En esta línea, el Síndic trabajará con las empresas del sector.
También se pretende que una de las finalidades del Código sea servir como orientación para resolver los conflictos que a veces surgen entre las empresas de servicios funerarios y sus usuarios, y que conviene canalizar hacia la vía arbitral para que se resuelvan. La Unión Europea, y también el ordenamiento jurídico interno, apuesta firmemente por el establecimiento de mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos como una vía para arreglar las diferencias ágil, informal y más económica para la persona usuaria.