La Xunta de Galicia no pagará los 3,4 millones en concepto de indemnización por el tanatorio pontevedrés de Montecelo
El TSXG (Tribunal Superior de Xustiza de Galicia) ha eximido a la Xunta de pagar los 3,4 millones de euros en concepto de indemnización por una reclamación de responsabilidad patrimonial. Esta cantidad era la que reclamaban las cuatro funerarias propietarias del tanatorio de Montecelo, una de las principales instalaciones funerarias de Pontevedra, y que fue derribado en 2010 en cumplimiento de una sentencia judicial, por los supuestos daños y perjuicios que les ocasionó la demolición del inmueble por parte de la propia administración, después de que en 2001 el TS confirmase en una sentencia la anulación de una autorización previa concedida por la Xunta, según publica El Faro de Vigo.
La reclamación patrimonial por los daños y perjuicios sufridos la realizaron inicialmente las empresas Alianza y Barros, S.A., Central Funeraria, S.L., Pompas Fúnebres de Pontevedra, S.L., y Tanatorio Montecelo, ante la Xunta de Galicia, que la rechazó alegando que se había realizado fuera de plazo y entendiendo que las citadas empresas debieron interponer su demanda en plazo de un año que fija la ley para este tipo de actuaciones (un plazo que se inicia a partir de la emisión de la sentencia firme que obligaba a demoler el edificio y no a partir de la fecha de su derribo efectivo).
Las empresas decidieron judicializar el caso en 2012 y acudieron al TSXG para reclamar esta cuantiosa indemnización. Las funerarias entendían que la reclamación se presentó dentro del plazo legal, puesto que los daños ocasionados a las propias empresas solo fueron reales en el momento en el que se terminó de demoler el tanatorio, en agosto de 2010. De hecho, señalaban que en la fecha que se convirtió en firme solo existía una previsión de perjuicio futuro que no se había materializado y que, por lo tanto, no era real ni evaluable económicamente.
El fallo del TSXG no es firme, dado que todavía puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.