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La Empresa Funeraria Municipal de Palma asume 80 entierros de beneficencia al año

¿Qué pasa cuando muere un indigente? ¿Adónde va su cuerpo? ¿Quién se hace cargo de su último adiós? La Empresa Funeraria Municipal de Palma de Mallorca es la responsable de dar respuesta a todas las personas que no tienen suficientes recursos económicos para una despedida digna.

La funeraria palmesana se encarga cada año de una media de 80 sepelios de beneficencia. Ese es el nombre que reciben los entierros de personas que viven en la calle. También se aplican a cadáveres sin identificar y a los difuntos sin dinero o sin familia que pueda costear las exequias. Los cuerpos se depositan en las sepulturas de derecho común. En la actualidad, estas sepulturas son nichos normales y corrientes. No se diferencian por sus medidas, estética o ubicación, sino porque se les aplica otra normativa legal.

De acuerdo con el reglamento de servicios mortuorios de Palma, los cuerpos enterrados en una sepultura de derecho común se extraen a los cinco años y los restos del cadáver se trasladan a un osario común, que es un depósito subterráneo en el que se almacenan huesos. Hasta mediados de los años 90, los cadáveres de las personas pobres o desconocidas se trasladaban a la fosa común. Las incineraciones de beneficencia son una excepción, ya que solo se practican con el permiso de los familiares o cuando sea la última voluntad del finado. Sin embargo, la familia debe acreditar que no tiene recursos económicos para hacerse cargo de su pariente fallecido.

En el momento en que un cuerpo se entierra en una sepultura de derecho común, los familiares pierden el derecho a recuperar los restos del difunto. Por ello, la funeraria de Palma debe cerciorarse de cuál es la situación personal del fallecido. El personal del cementerio tiene poca capacidad para investigar, por lo que requieren la ayuda de las administraciones públicas. Cuando la funeraria detecta un posible un caso de beneficencia, se dirige a los servicios sociales del Ayuntamiento -y a otros organismos similares- para conocer si hay algún expediente abierto. También preguntan a los juzgados o a la policía para saber si se había denunciado su desaparición.

Los responsables de la funeraria podrían enterrar al finado a partir del décimo día después de la defunción. No obstante, prefieren agotar todas las posibilidades y pistas disponibles para localizar a los familiares porque, una vez enterrado, existen trabas legales para que la familia se haga cargo del cuerpo.

Durante el tiempo de las pesquisas, el cuerpo sin vida permanece en un depósito -incluso se congela si pasan muchos días-. En la mayoría de casos la situación se resuelve en dos semanas, aunque a veces han llegado a tardar hasta tres meses antes de declararle en estado de indigencia, pobreza o no identificación.

En el caso de no tener dinero ni familia que se pueda hacer cargo del enterramiento, se procede a inhumar el cuerpo en uno de los nicho de derecho común. Suelen utilizarse las sepulturas que tienen menos demanda, como las que están en la quinta o sexta altura de un columbario. También se da prioridad a las celdillas vacías en lugares alejados del cementerio. Solo hay nichos de derecho común en Son Valentí y Sant Jordi. En Establiments no hay espacio disponible y, de momento, no está previsto realizar una ampliación del camposanto.

Los servicios de beneficencia cuestan 730 euros e incluyen la custodia en depósito o cámara, el coche fúnebre, ataúd, inhumación y el resto de gastos obligatorios por ley. El pago lo factura la funeraria al Ayuntamiento. Al largo del año, la cuantía asciende a unos 58.000 euros de media. No obstante, esta cantidad se compensa de una deuda histórica que Cort tiene con la funeraria.

Fuente: Artículo de Aitor F. Vallespir para Diario de Mallorca

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