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Nuevo Reglamento Europeo de Deforestación: las funerarias deberán declarar el consumo de ataúdes fabricados en China

A partir del próximo mes de mayo los ataúdes importados se someterán a un riguroso control de la trazabilidad del producto en cuanto se publique el nuevo Reglamento Europeo de Deforestación (o EUDR, por sus siglas en inglés).Afortunadamente para nuestro país, los fabricantes españoles de ataúdes han demostrado, incluso en las condiciones extremas de la pandemia, que están preparados y capacitados para atender y gestionar toda la demanda que pueda generar el mercado nacional“, explican representantes de la Asociación Española de Fabricantes de Ataúdes de Madera y Derivados, IBERATAUD.

La entidad, en su defensa del producto nacional, la sostenibilidad y la preservación del medioambiente, ve con buenos ojos la inminente puesta en funcionamiento del EUDR. Este documento, entre otras cuestiones, velará por la vigilancia de la trazabilidad de la madera importada por la Unión Europea. También de productos de madera como los ataúdes.

El nuevo EUDR, que se aprobará esta primavera y toma el relevo del EUTR (Reglamento de la Madera de la Unión Europea), impedirá la importación, comercialización y exportación de ciertos productos asociados a riesgos de deforestación en o desde el mercado europeo. La lista de productos incluye, entre muchos otros, a la madera, algunos muebles y también a los ataúdes de madera.

Ponencia: ‘La Sostenibilidad de los Ataúdes y la UNE 190001’

Recordar que Olga Moro-Coco, Secretaria General de Iberataud y Gerente de la Federación Española de Industrias de la Madera (FEIM), habló de esta nueva normativa en su ponencia ‘La Sostenibilidad de los Ataúdes y la UNE 190001’, impartida en el XXII Simposium Nacional del Sector Funerario (marzo 2023, Barcelona). La conferencia, cuyo eje principal se centró en la sostenibilidad de la fabricación de ataúdes y el ataúd ecológico, dio a conocer la revisión realizada durante 2022 a la norma UNE 190001: Ataúdes, y los cambios que se han incorporado en su nueva edición, detallando los requisitos y los diferentes tipos de certificaciones y alcances.

Declaración de diligencia debida

En este sentido, destacar que, una vez entre en vigor esta nueva ley, las empresas funerarias que compren y utilicen ataúdes de importación deberán adjuntar una “declaración de diligencia debidaque verifique que han sido producidos en parcelas que no han sufrido deforestación desde el 31 de diciembre de 2020 y que cumplen con toda la legislación correspondiente en el país de producción. Además, deberán recoger “información geográfica precisa” sobre el terreno de cultivo donde crecieron dichos productos, un rastreo que permita comprobar el cumplimiento de todas las normas. Se anuncian sanciones “eficientes y disuasorias” para quienes lo incumplan.

Este sistema de diligencia debida se va a controlar a través de la declaración en las aduanas ya que, si no es así, no se podrá llevar a cabo la importación”, destacó la gerente de IBERATAUD en su exposición sobre el EUDR. La norma establecerá controles de riesgo y, en función del país de procedencia del ataúd, existirá un riesgo bajo, medio o alto. “Cuando una empresa quiera importar ataúdes de madera, tendrá que presentar un informe contrastado, detallando las condiciones laborales, sociales y ambientales en que ha sido gestionada la foresta de donde proviene aquella madera”, explica Moro-Coco. “Cada ataúd deberá justificar una trazabilidad hasta su origen, hasta la materia prima, para lo cual se empleará la técnica de la geolocalización”.

Posibles sanciones

Ver vídeo de la ponencia La Sostenibilidad de los Ataúdes y la UNE 190001’

-Más información sobre la legislación europea para luchar contra la deforestación en este enlace.

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